ACTUALIDAD
Ayer cogí el tren como cada día y de pronto un gran letrero, me jodío el día!!
Se
trataba de una campaña mas, que ha puesto en marcha el Ministerio de Cultura en contra de lo que ellos llaman Piratería. Esta campaña
lleva por nombre "Si eres legal, eres legal" con una (C) de copyright que se convierte en un emoticono que sonríe, es decir que de repente la gran (C) es buena, es legal... que hijos de puta!.
Se trata de una campaña publicitaria a gran escala, en todos los
medios de comunicación (incluidos anuncios de televisión en horarios de
prime time.. viva la pasta!), y una página web, "http://www.siereslegalereslegal.com",
con información falsa y manipulada sobre la supuesta piratería. Tienen
los cojones de divulgar que Internet está matando la cultura.
Os copio en cursiva lo que la campaña dice: "Te contamos las 10 mentiras más difundidas sobre propiedad intelectual, para que nadie te time.”, yo debajo le agrego un comentario.
1) Lo que está en Internet es gratis.
¡Falso! La música, el cine, las imágenes, los textos, los video juegos que están en Internet han sido creados por personas. Es a ellas a las que corresponde disponer si su utilización es libre y gratuita o, por el contrario, poner un precio a su uso.
EJ: La verdad es que lo que está en Internet puede ser gratis o no, existen modelos de negocio, pero también existen muchas iniciativas para compartir (share), por lo que decir que el creador es el que dispone no es compatible con una campaña que lleva un ©, cuando este significa todos los derechos reservados.
2) Bajarse música o películas de Internet es legal.
¡Falso! Cuando los dueños de contenidos autorizan la descarga gratuita, sí es legal. Si la descarga no está autorizada por los titulares de los derechos, tiene lugar una infracción de la propiedad intelectual. En consecuencia, los dueños de esos contenidos pueden acudir a los tribunales ejerciendo acciones civiles, que pueden obligar al infractor al pago de daños y perjuicios.
EJ: Las descargas de música no son ilegales, pues entonces no podríamos descargar ningun tipo de archivo multimedia. Lo dice una sentencia de 2006 del juzgado de lo Penal número 3 de Santander que absolvió a un internauta acusado de descargar y compartir música en Internet, por considerar que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho de copia privada..
3) Si no aparece el símbolo © en un contenido en Internet lo puedo utilizar.
¡Falso! La ausencia del símbolo no indica que el contenido es de utilización libre. Para que así sea el titular lo ha tenido que hacer constar expresamente.
EJ: Los usuario no tenemos muchas veces maneras la manera de saber si un contenido es libre o privativo, ni tendríamos por que saberlo, por lo que los responsables de hacerlo son los portales que ofrecen estos archivos, por ejemplo, en hiphop.es las descargas musicales llevan el distintivo (cc) de Creative Commons 2.5, que permite la copia y libre distribución de la obra. Al usuario “se la tiene que pelar” esto pero por lo menos el autor y el portal que distribuye dicha descarga están haciendo lo correcto. El usuario no tendría que ser nunca el responsable tras una descarga, eso la ley lo sabe, pero le es mas fácil atemorizar o acomplejar a los usuarioa con campañas como esta , que apoyar iniciativas que permitan la libre distribución.
4) Es legal copiar o utilizar un contenido de Internet siempre que se cite al autor.
¡Falso! Debemos mencionar la fuente y el autor cuando utilizamos una cita en un trabajo de investigación o en un artículo. En estos casos, el fragmento ha de ser corto y proporcionado al fin de la incorporación. Y si no estamos citando, sino utilizando una obra sin autorización, debemos obtener una autorización del titular.
EJ: De esta podríamos decir muchas cosas, pero para ser prácticos diremos que este puto país ya pagamos un canon digital cada vez que compramos por ejemplo Cds para almacenar nuestros trabajos, por lo que si para hacer mi trabajo tengo que pedir permiso o obtenerlo de alguna manera, no pienso hacerlo. El importe de ese canon digital (118 millones de euros este año).
5) Cuando intercambio música y contenidos a través de programas peer to peer (P2P), no necesito autorización.
¡Falso! La utilización de estos programas supone la explotación de derechos de propiedad intelectual que no han sido autorizados, por lo que constituye una infracción de los derechos de propiedad intelectual.
EJ: Que cabrones, insisten en que utilizar el Emule, Torrent... es ilegal, mentira!! no lo es y de hecho es una maravilla que las personas podamos compartir sin que existan los intermediarios de mierda como la SGAE, eso a ellos les revienta su modelo conceptual de negocio y por eso dicen que es ilegal!!.
6) Los intercambios de archivos a través de las redes P2P son legales.
¡Falso! Si estos intercambios tienen lugar sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, son actos ilegales. Constituyen una violación de los derechos de propiedad intelectual perseguible civilmente y, si además existe ánimo de lucro, pueden ser constitutivos de delito.
EJ: ¿Veis como insisten? Esto es lo que mas les duele y no repararán en mentir, manipular y perseguir a los que compartimos libremente, sigamos haciéndolo!! Compartir no es delito.
7) Las redes p2p son seguras.
¡Falso! La seguridad es uno de los mayores problemas que plantean estas redes, ya que damos entrada a nuestro ordenador a todos aquellos que estén conectados a ella. Cualquiera puede circular libremente y acceder a nuestros datos: IP, tipo de descargas que estamos haciendo, número de teléfono y otra información de seguridad que figure en el ordenador.
EJ: ¿Veis como siguen insistiendo? El texto que exponen puede ser cierto o no, pero os aseguro que a ellos les importa un “cojón” nuestra seguridad informática, lo que quieren es que no compartamos!!
8) La industria cultural y los artistas ya ganan suficiente así que no perjudico a nadie si no pago.
¡Falso! Los autores, los artistas y las industrias de contenidos de propiedad intelectual tienen el derecho legítimo a ganar dinero, triunfar y tener una carrera exitosa, como ocurre en cualquier sector profesional. No se justifica que a este sector se le discrimine y se cuestione su derecho a ser retribuido.
EJ: Otro punto interesante, llaman al mega negocio de las grandes distribuidoras “La industria cultural”, no me jodas!! ¿y los artistas que?. Respecto a esto diremos que la SGAE, de todo el dinero que han robado este año que está a punto de termina, ni un 20% va para los artistas.
9) Las descargas ilegales promocionan a los artistas y a los autores, que ven difundidos sus trabajos y se dan a conocer sin necesidad de la industria.
¡Falso! Detrás de los autores y los artistas hay una industria que les da trabajo, los da a conocer e invierte en ellos. E incluso, para organizar conciertos también es necesaria una maquinaria promocional que sólo garantiza la industria, permitiendo que los autores y los artistas se profesionalicen y consoliden.
EJ: ¡Ahora si que han metido la pata con esta gran mentira!. Las descargas libres ayudan a la promoción del artista, está comprobadísimo, pero claro, el intermediario no cobra su parte y esto jode. Por otro lado, el artista gana adeptos y se ve obligado a hacer mas conciertos y eso “no es bueno” para algunos artistas que prefieren vender mas discos que currarse buenos conciertos, en el Hip Hop también pasa, hay grupos o artistas que no ceden sus descargas libres para que compres el disco y así reducen el número de conciertos, no compréis, copiar y compartir si queréis apoyar a vuestros artistas favoritos.
10) El acceso a los productos culturales tiene que ser gratis y eso es lo que consiguen las redes p2p.
¡Falso! Las infracciones de derechos de propiedad intelectual realizadas a través de Internet (descargas ilegales) no pueden confundirse con el derecho de acceso a la cultura, una forma de libertad de expresión o de desobediencia civil legítima, ni tampoco como algo inevitable e intrínseco a la red. Las transacciones en la red, al igual que las realizados en el mundo material, deben someterse al respeto básico, al imperio de la ley y a los derechos de propiedad de otras personas.
EJ: Fijaros en el título habla de “Productos Culturales” no habla de obras ni de cultura sino de productos, eso es lo que son para ellos una obra musical, un producto, por eso no desean que sea compartido sino comprado. El acceso a la cultura es un derecho fundamental, el Hip Hop como movimiento cultural debe ejercer este derecho.
Fin de las 10 mentiras manipuladas.
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